Los imputados de la ‘rama balear’ del ‘caso Nóos’, sin contar a Jaume Matas, han sido condenados por la Sección Primera de la Audiencia Provincial. Este viernes se ha dado a conocer la decisión redactada por la magistrada Samantha Romero Adán junto a sus compañeras Rocío Martín y Eleonor Moyá, que ha exculpado a la infanta Cristina y ha condenado a Iñaki Urdangarin a 6 años y tres meses de prisión. El tribunal ha dado a conocer la resolución a través de Lexnet, el correo electrónico que comunica juzgados con procuradores y abogados.
‘Pepote’ Ballester, Miquel Ángel Bonet y Gonzalo Bernal, que habían acordado condenas menores con la Fiscalía y el resto de acusaciones, y Juan Carlos Alía, que pactó con Fiscalía pero al que Manos Limpias reclama ocho años de cárcel, han sido condenados, pero eludirán la cárcel pagando una multa.
‘Pepote’ Ballester y Gonzalo Bernal
‘Pepote’ Ballester y Gonzalo Bernal han sido declarados autores responsables de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad cometida por funcionario público y con un delito de malversación de caudales públicos. Por esto han sido condenados cada uno a la pena de 9 meses y 2 días de prisión que se sustituyen por la pena de 18 meses y cuatro días de multa a razón de una cuota diaria de diez euros y 1 años, 6 meses y 2 días de inhabilitación absoluta.
Asimismo, han sido declarados autores de un delito de fraude a la Administración, por el que han sido condenados a 6 meses de prisión –que se sustituyes por la pena de 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros- y a 3 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares. También se le condena a la responsabilidad civil que figura determinada en el fallo, y han sido absuelto del resto de los delitos de los que estaban acusados.
Juan Carlos Alía y Miquel Àngel Bonet
Por su parte, Juan Carlos Joaquín Alía y Miquel Àngel Bonet han sido declarados autores responsable de un delito de falsedad documental cometida por funcionario público en concurso medial con un delito de prevaricación, por el que han sido condenados a 1 años y 2 días de prisión –que se sustituyen por la pena de 24 meses y 4 días de multa a razón de una cuota diaria de seis euros-, a una multa de 1 mes y 17 días a razón de una cuota diaria de seis euros y a 6 meses y dos días de inhabilitación especial para empleo o cargo público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Baleares.
Esta sentencia no cierra el recorrido de ‘caso Nóos’, ya que la resolución tendrá que pasar el filtro del Tribunal Supremo. Además, durante los próximos días puede hacerse la petición de alguna medida cautelar por parte de las acusaciones.